Aunque
hoy el tema nos puede parecer extraño, lo cierto es que durante los
primeros años del 1900, era el Ayuntamiento quien regulaba en la
ciudad el paso de los carretones, los vendedores ambulantes y el
ejercicio de la prostitución, imponiendo severas multas a los
infractores de esas normas reglamentarias para el buen vivir.
De
aquellos años hemos tomado algunos ejemplos que para la historia nos
ha dejado en sus páginas la prensa de la época.
El
16 de octubre de 1905 el cabildo de Camagüey dictó una resolución
imponiendo que el máximo peso de los carretones tirados por chivos
que circulaban por la ciudad fuera de solo cuatro arrobas. Esa medida
protegía a esos animalitos de aquellos otros animales en los que a
veces se convertía el propietario del carretón, ya que eran
notorias las quejas por el maltrato que se cometían con los chivos.
Un
año después el Ayuntamiento, en vista del gran números de
vendedores dispersos por nuestras calles dispuso que las personas
ejerciendo el comercio de frutas, viandas, verduras, pescado, granos,
carnes, agua, comidas de cualquier tipo, etc, bien como ambulantes o
situados en puntos fijos, debían de llevar una chapa en lugar
visible.
Todos
los vendedores, señalaba el reglamento, cuando estuvieran ejerciendo
su oficio o “haciendo industria”, como entonces se decía, debían
de colocarse esa chapa en el cuello para ser identificados por los
inspectores. Las chapas, previo pago del impuesto, se
entregaban en
el propio Ayuntamiento. Los infractores se multaban con severidad y
los productos y la carretilla podían ser decomisados y el vendedor
llevado a prisión. Dato interesante es que los ciudadanos de los
EE.UU. estaban exentos de esas regulaciones.
Un
año después, en octubre del 1906 y debido a las numerosas quejas
suscritas por los vecinos de los alrededores de la calle de San
Martín, el Señor Alcalde, entonces Joaquín Barreto, se ordenó el
traslado de la zona de tolerancia (se denominaba así el lugar donde
se concentraban y ejercían su quehacer las prostitutas) que entonces
estaba en esa calle cubriendo las cuadras que van desde Santa Rosa a
Lugareño, La Gloria (Industria) y San Serapio, (Heredia). Esa zona
estuvo allí muchos años y originó no pocos conflictos, escándalos
y hechos de sangre.
En
esa oportunidad el cabildo respaldó al Alcalde no tanto para mejorar
la higiene publica y adecentar esa parte de la ciudad, sino para
ganar una buena cantidad de votos electorales ya que de inmediato
recibió el apoyo de los vecinos. Por eso la prensa de la época
dijo; “Esta medida muy aplaudida por la población, se toma para
proteger a las familias que viven en los alrededores y donde residen
inocentes jovencitas candorosas que pueden ser seducidas por
espectáculos impúdicos y lujuriosos. No cejaremos en proseguir
nuestra lucha de erradicar de la ciudad a estas aborrecidas
meretrices, celestinas, proxenetas, chulampines y atorrantes de mal
vivir”.
Desde
entonces las casas de citas o burdeles comenzaron a ser trasladadas
hacia los alrededores de la estación del ferrocarril y la cárcel de
la ciudad, tomando fama a partir de allí las calles Progreso
(Esteban Varona) y algunas vías inmediatas como Cárcel, Owen,
Francisquito y Jesús Maria.
Las
regulaciones para el ejercicio de la prostitución en la ciudad,
publicadas en el 1910 señalaban, entre otros aspectos;
“Disposición
del Señor Alcalde para las regulaciones de las casas de vida
alegre con el fin de preservar las buenas costumbres;
Primero;
El horario de trabajo de las meretrices y conexos será desde las
doce del día hasta las tres de la madrugada.
Segundo;
Si alguna hetaira fuera sorprendida en funciones fueras del horario
establecido será multada por la policía, así como al acompañante,
ya que seria acusada de trato ilegal o competencia deshonesta entre
sus iguales.
Tercero;
Fuera de la zona de tolerancia, las casas de este tipo de comercio
que pudieran existir deben de sacar permisos especiales.
Cuarto;
Se prohíbe que las mesalinas deambulan en ropa interior, o sin
ellas, en las aceras o se asomen a las puertas de las casas incitando
a los posibles clientes. Tampoco podrán proferir palabras obscenas,
hacer gestos, guiñar los ojos, agarrar a los transeúntes o abusar
de los mismos para provocarlos.
Quinto;
En todas las casas dedicadas al giro de la vida se ha de fijar un
cartel con estas regulaciones para que los merchantes conozcan sus
derechos y deberes.
Firmado;
El Señor Alcalde”
Poco
después estas normativas fueron ampliadas y entonces se paso a
clasificar a las prostitutas según su capacidad laboral para el pago
de impuestos al Ayuntamiento. Pero esa es otra historia.
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